Alta del centro de trabajo en la Seguridad Social

El acto de dar de alta a la empresa, en la Seguridad Social, es un acto administrativo, por el que la Tesorería General de la Seguridad Social, a solicitud del empresario, realiza su inscripción en el Sistema de la Seguridad Social, que será válida durante toda la vida de la empresa. La Tesorería General de la Seguridad Social, asignará un “código de cuenta de cotización”, que servirá de identificación numérica a la empresa, frente a la Seguridad Social (algo así como otro D.N.I.). Deberá la empresa asimismo, comunicar si se da de alta en el Instituto Nacional de la Seguridad Social (I.N.S.S.) para que le sean cubiertos Los accidentes y enfermedades profesionales a sus empleados, o si opta por una Mutua de Accidentes privada.

Llegados a este punto, nuestra empresa estará ya en condiciones, y habrá cumplido todos Los requisitos mercantiles y fiscales necesarios, como para que podamos comenzar con las actividades: contratar personal (a Los que deberá afiliar o dar de alta previamente, en la Seguridad Social), fabricar, comercializar, etc...